El Congreso de Puebla aprobó cárcel a quien venda vacunas falsas VS Covid-19
El pleno del Congreso aprobó la iniciativa enviada por el gobernador, Miguel Barbosa Huerta, para considerar como delito en el Código Penal del Estado de Puebla la venta de vacunas falsas o productos y sustancias para la cura del coronavirus en la vía pública, establecimiento o comercio en el Estado de Puebla y la penalidad podría llegar a los 10 años de prisión.
La reforma propuesta modifica las fracciones III y IV del artículo 403, las fracciones XXI a XXIV del artículo 404 y se adicionan la fracción V, del artículo 403, así como la fracción XXV del artículo 404, todas del Código Penal del estado de Puebla.
En la argumentación el mandatario señaló que el gobierno tiene la responsabilidad de proteger la vida de todos los habitantes del estado, y mitigar las consecuencias por el contagio, esto permite que sociedad y gobierno se unan en un Pacto Comunitario.
Además, establece que el gobierno del estado no va a permitir que se aprovechen de la gente, aprovechando el estado de vulnerabilidad, y la necesidad de inmunización que requieren.
La reforma al artículo 403, señala en la fracción III la sanción económica “se castigará con multa de doscientos cincuenta a quinientas unidades de medida y actualización y prisión de cinco a siete años, cuando el valor de lo defraudado excediere de quinientas unidades de medida y actualización, pero no de mil”.
“IV. Con multa de quinientas a mil unidades de medida y actualización y prisión de siete a diez años, cuando el valor de lo defraudado excediere de mil unidades de medida y actualización”.
“La presente sanción se incrementará hasta una mitad, cuando el delito lo cometa un profesional de la salud y con la suspensión de su cédula profesional y licencia comercial por diez años para el derecho de ejercer su profesión y comercio”.
En el artículo 404 insiste en quienes serán castigados: “A la persona que venda u ofrezca en venta, comercie, entregue, distribuya o transporte sustancias que se ofrezcan como vacunas contra el virus SARS-CoV2 (Covid-19) falsificadas, alteradas, contaminadas o adulteradas, o que no estén autorizadas por la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios, o bien que siendo verdaderas, originales y autorizadas no las entregue en términos de lo pactado, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar”.
“La sanción se duplicará si las personas que comentan el delito es personal de la salud, a quienes además se les sancionará de manera administrativa y se les inhabilitará para ejercer su profesión y podrán perder la concesión o permiso”.