Ponen en Standby las multas por uso de bolsas, unicel y popotes
A causa de la pandemia mundial, el Ayuntamiento de Puebla pospuso seis meses más la entrada en acción de las multas establecidas por la entrega de bolsas de plástico, unicel y popotes.
Liza Aceves López, responsable de la Secretaría General de la alcaldía, informó que la comuna homologará las reformas al Código Reglamentario Municipal con la Ley Orgánica del Estado de Puebla para caminar en la misma dirección.
Por ello las multas para propietarios de comercios que entreguen esas herramientas para trasladar artículos entraban en vigor el próximo viernes 1 de mayo en el caso de las bolsas y unicel además de los popotes, el jueves 30 de julio.
El sector empresarial que emplea esas tres formas para ayudar a sus clientes, indicó que pidieron que el reglamento municipal se homologue con la misma ley aprobada por el estado.
“La reforma contempla plástico para envolturas, por el manejo de alimentos en centros comerciales y mercados, y se propone aterrizar los tiempos con los del estado lo cual se aprobará en sesión de Cabildo (posiblemente la de este viernes 17 de abril)”.
Reafirmó que después de aprobarse la modificación se aplazará la entrada de aplicaciones de las multas económicas por seis meses más para combatir los aspectos negativos del coronavirus.
Dicha reforma al Código Reglamentario Municipal(Coremun), entraron en vigor desde el primer día de enero de este 2020, pero el Cabildo aprobó un período de gracia para generar conciencia.
Tipos de infacciones
El Ayuntamiento estableció tres tipos de infracciones al artículo 1812 del Coremun para propietarios de negocios y estanquillos que sigan entregando productos en contenedores prohibidos, las multas serán impuestas por personal de la dirección de Gestión Ambiental.
• La primera cuota oscila entre 15 a 30 Unidades de Medida (UMA), el indicados más bajo de este rango es de mil 267.35 pesos a los dos mil 500 pesos para establecimientos susceptibles del aviso de apertura de negocios.
• La segunda sanción será de 30 a 100 UMA cuando el dueño o propietarios del establecimiento infractor sea susceptibles al trámite de licencia de funcionamiento de los negocios.
• El tercer caso va de 30 a 500 UMA, el indicador más elevado por ser la infracción de 42 mil 245 pesos, cuando el giro del negocio sea tiendas de autoservicios, departamentales, bodegas de abarrotes o sus equivalentes al catálogo de giros comerciales.
Los negocios comerciales, complementarios, industriales y de servicios que no cumplan con estas medidas después de las fechas establecidas, serán sujetos a multas que van de 15 a 500 UMAS, de mil 267.35 pesos hasta los 42 mil 245 pesos.
La delegada insistió que los plazos para dejar de usar dichos materiales se cumplirán, porque únicamente se aplazarán las etapas de multas económicas.