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Publican en Diario Oficial de la Federación protocolos de reapertura económica

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La Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, en la edición vespertina, los protocolos para la reapertura de las actividades económicas en el país, ante la pandemia de COVID-19.

De los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, se desprende lo siguiente:

“Con el fin de que los centros de trabajo puedan identificar las medidas obligatorias para el retorno o la continuidad de sus labores, se contemplan cuatro dimensiones que deberán considerarse: el tipo de actividad (esencial o no esencial), el tamaño del centro de trabajo, el nivel de alerta sanitaria de la ubicación del centro de trabajo, así como sus características”.

En este se indica que son cuatro los principios rectores: el privilegiar la salud, solidaridad y no discriminación, economía moral y eficiencia productiva, y responsabilidad compartida.

En el documento se establece que las plantas deberán asumir la responsabilidad del correcto cumplimiento de las medidas, aunque señala que son medidas sencillas y de fácil cumplimiento. Además, no necesitará de un permiso previo con la entrada de la nueva normalidad del 1 de junio.

“Las medidas de seguridad sanitaria en el entorno laboral que se presentan enseguida deberán ser implementadas por los centros de trabajo para su continuidad o regreso a labores. El correcto cumplimiento de las medidas será responsabilidad del centro de trabajo, para lo cual podrá auxiliarse del comité o persona responsable designada para tal efecto”, indica.

Agrega que “a partir de la entrada en vigor de la Nueva Normalidad el 1 de junio de 2020 no es necesario la obtención de permiso previo alguno para reiniciar o continuar operaciones, por lo que el ejercicio de autoevaluación será una herramienta de apoyo para las empresas y centros de trabajo y en ningún caso equivaldrá a un permiso previo para su operación. La obligación de los centros de trabajo se circunscribe al cumplimiento de las medidas establecidas en los lineamientos, por lo que -en caso de ser inspeccionadas por la autoridad federal competente- deberán demostrar que cumplen con dichas medidas.”

Según los lineamientos, las medidas de seguridad sanitaria están elaboradas de manera sencilla para que las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas puedan conocer cuáles les son aplicables y con ello facilitar su cumplimiento.

En el capítulo “Estrategias generales de promoción de la salud y seguridad sanitaria en el entorno laboral” se establecen tres apartados:

“Evitar el hacinamiento en espacios y garantizar la disponibilidad permanente de agua potable, jabón, papel higiénico, gel a base de alcohol y toallas desechables para el secado de manos; establecer horarios alternados de comidas, baños, uso de casilleros y actividades cotidianas para reducir el contacto entre personas”.

También el incremento en el número de vehículos destinados al transporte de personal con el fin de reducir el hacinamiento y la posibilidad de contagios, manteniendo una sana distancia, el uso de cubrebocas y la ventilación natural del transporte.

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