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¡Es oficial! México prohíbe y sanciona las terapias de conversión
El Gobierno de México ha dado un paso histórico al publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma que sanciona y prohíbe las terapias de conversión, prácticas ahora consideradas como actos de tortura. A casi un mes de que la iniciativa fuera aprobada por el Congreso de la Unión, el decreto de reforma al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud para prohibir los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) entró en vigor el 8 de junio a nivel nacional.
Sanciones y Multas
La reforma establece fuertes sanciones para quienes realicen estas prácticas. El Artículo 209 quintus, adicionado al Código Penal Federal, señala una pena de dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a una suma de entre 108 mil 570 a 217 mil 140 pesos. Estas sanciones se aplicarán a cualquier persona que realice, imparta, aplique, obligue o financie tratamientos, terapias, servicios o prácticas que obstaculicen, restrinjan, impidan, menoscaben, anulen o supriman la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Además, la multa se duplicará en casos donde las conductas se realicen contra menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad. También se incrementarán las penas si el autor del delito tiene una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique subordinación de la víctima, si se vale de una función pública para cometer el delito o si emplea violencia física, psicológica o moral contra la víctima.
Con esta nueva legislación, se busca proteger el libre desarrollo de la personalidad de las personas, garantizar su seguridad y asegurar que no se suprima, restrinja o vulnere su orientación sexual, identidad o expresión de género. La reforma también promueve el respeto a los derechos humanos y evita prácticas discriminatorias y coercitivas contra cualquier individuo por su orientación sexual o identidad de género.
Proceso Legislativo
Esta reforma pasó dos años en el Congreso antes de su aprobación final. El 23 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones. Meses antes, en octubre de 2022, ya había sido aprobada en el Senado de la República.
Con información de: Sin Embargo